Nuevos roles en el proceso penal (parte 3)

No oficial

Por víctima, puede considerarse a aquel sujeto que se postula o aparece como puntual y concretamente ofendido por hechos delictivos. Para Cafferata Nores "víctima del delito es la persona que ha sido perjudicada directamente por su comisión (o sus herederos en caso de muerte)". Puede afirmarse, por resultar una verdad que cuenta con amplio reconocimiento común en el ámbito comparado, que la víctima ocupó un rol secundario en nuestro proceso penal inquisitivo., pero con la sanción de la ley 1851-O, se consolida el reconocimiento de los derechos de la víctima en el proceso penal. En efecto, en las previsiones del nuevo Código, la víctima se encuentra efectivamente resguardada y tiene una mayor participación a lo largo del proceso. La nueva concepción está plasmada, básicamente, en el art. 133 de la ley 1851-O, cuando define que "Se considera víctima del delito: 1) A la persona ofendida directamente por el delito; 2) Al cónyuge, conviviente, herederos forzosos, tutores o guardadores en los delitos cuyo resultado es la muerte de la persona con la que tienen tal vínculo, o si el ofendido sufre una afectación psíquica o física que le impide ejercer sus derechos; 3) A los socios, respecto de los delitos que afecten a una sociedad, cometidos por quienes la dirigen, administren, gerencien o controlen; 4) A las asociaciones o fundaciones, en casos de delitos que importen graves violaciones a los derechos humanos, siempre que su objeto estatutario se vincule directamente con la defensa de los derechos que se consideren lesionados y se encuentren registradas conforme a la ley; 5) A los pueblos originarios en representación de los miembros de la respectiva comunidad, en tanto se encuentren registradas conforme a la ley. 6) A la Fiscalía de Estado cuando el hecho punible afecte los intereses del Estado". La nueva letra de la ley cambia el rol de la víctima frente al proceso penal, y pasa del clásico "sujeto pasivo" de las figuras delictivas del derecho penal al "sujeto activo" del derecho procesal.