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dactilo · Texto de práctica · Sitio no oficial

Diferencias de los distintos modelos procesales

Derecho Penal y Procesal Penal · Cuadernillo 2026, p. 285 · 330 palabras

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Por su parte, el acusatorio es un proceso contradictorio, de contienda de partes, por lo que el acusador y el acusado se tornan en protagonistas del mismo. En reemplazo de la concentración de poder que sugiere el proceso inquisitivo, en el proceso acusatorio rige la división de poderes. Así, sin el acusador no existe el proceso pues el juzgador no podrá ir más allá de la imputación que el Fiscal formule contra el imputado. El fiscal tiene a su cargo la investigación e impulso de la acción. El acusado es un sujeto de derechos que se encuentra en situación de igualdad ante el acusador, frente a quien ejerce su defensa. En definitiva, las funciones de acusar, defender y juzgar se encomiendan a sujetos diferenciados e independientes entre sí (Fiscal, Defensor y Juez, respectivamente). No obstante lo dicho, hemos de destacar que en el proceso inquisitivo reformado (o mixto) el imputado es sujeto de derechos y posee libertad de defensa durante el mismo, aunque con fuertes limitaciones en la etapa preliminar o de instrucción donde su participación se encuentra reducida o es prácticamente nula. Por su parte, recobra total protagonismo en la etapa de Juicio, donde se equipara con el acusador. En el modelo Acusatorio, la etapa preliminar de investigación no está sujeta a reglas formales, sino que la recolección de pruebas para dar base a la acusación del fiscal se hace de manera informal sin intervención del imputado, quien tendrá acceso a ellas una vez que se haya formulado la acusación. Otra diferencia trascendental entre ambos sistemas, viene dada por cuanto el sistema mixto está regido por el principio de legalidad procesal, conforme al cual, el fiscal no posee facultades discrecionales para iniciar o no una investigación, y tampoco es posible pensar en arribar a soluciones alternativas al conflicto penal; es decir, conforme a este principio, cada uno de los hechos delictivos debe ser investigado y juzgado con miras a alcanzar una decisión definitiva que absuelva o condene al imputado.