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De la libertad corporal en el proceso penal
Derecho Constitucional · Cuadernillo 2026, p. 15 · 367 palabras
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La libertad del imputado durante la sustanciación del proceso penal, como su privación, cuando todavía no ha sido considerado culpable por sentencia firme, es un tema que merece consideraciones fundadas en razones de profunda raigambre constitucional. Debemos considerar, en este orden de ideas, y como ciudadanos de un País democrático, si es posible restringir la libertad de quién todavía no ha sido condenado por haber sido encontrado culpable, y que se encuentra sólo sospechado hasta ese momento de haber cometido un delito. Si la respuesta fuere afirmativa, también hay que reflexionar sobre la razón de la privación de la libertad, en qué medida y condiciones será legítima la misma, cual es su finalidad, su naturaleza, y qué título exhibe el Estado para autorizarla. Este es el planteo. No siempre este problema ha sido resuelto de la misma manera. En este tema, existe una íntima conexión entre el derecho político y el procesal penal. Como sostiene Velez Mariconde, "La situación del encausado es un reflejo del concepto triunfante sobre la libertad". En el proceso acusatorio, propio de los regímenes liberales y democráticos el acusado, en principio, goza de libertad, y su prisión preventiva es excepcional. Por el contrario, en el proceso de tipo inquisitivo, la detención es la regla, mientras su libertad es una excepción. La solución a la problemática, debe encontrarse en nuestras propias normas constitucionales. Como norte, no debe perderse de vista que la función judicial del Estado, en materia penal, tiene por fin investigar la verdad real y actuar concretamente la ley penal. No tiende a reprimir anticipadamente al procesado, sobre el cual recae sólo una sospecha de comisión delictiva. La conclusión que podemos extraer de esto es que toda privación de la libertad antes de una sentencia condenatoria es absolutamente provisional, y que la justificación de tal medida se advierte en la necesidad y fines de la función judicial en el proceso penal. Pues bien, será necesaria la privación de la libertad de una persona con anterioridad a una sentencia condenatoria, cuando sea indispensable para que el Estado, en su función jurisdiccional, pueda descubrir la verdad real de los hechos investigados y aplicar o actuar en concreto la ley penal sustantiva, condenando o absolviendo.